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Verifactu en hostelería: aplazado a 2028, qué hacer ya

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Verifactu en hostelería obliga a que el TPV con el que tu bar o restaurante emite tickets cumpla el Real Decreto 1007/2023: registros inalterables, código QR en cada ticket y, si eliges esa modalidad, envío de cada registro a Hacienda. El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció un nuevo aplazamiento: las obligaciones pasarán a octubre de 2028, a falta de publicarse en el BOE.

En resumen

  • Verifactu afecta a cualquier local que facture con un TPV o programa informático, también a los tickets (facturas simplificadas), no solo a las facturas completas.
  • Nuevo calendario anunciado: Hacienda prevé aplazar todas las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica de pymes y autónomos.
  • A 12 de octubre de 2026 el aplazamiento está anunciado, pero la norma que cambia las fechas aún no ha salido en el BOE. Vigila su publicación con tu gestoría.
  • Lo que no cambia: los requisitos técnicos se mantienen «sustancialmente equivalentes», según Hacienda. Todos los tickets llevarán código QR.
  • Tener un sistema no adaptado cuando sea exigible puede costar 50.000 euros de multa por ejercicio. Lo práctico es pedir ya a tu proveedor de TPV la declaración responsable.

¿Qué es Verifactu y por qué le toca a mi bar?

Verifactu es el nombre popular del Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación (RRSIF), aprobado por el Real Decreto 1007/2023. Su objetivo, según la Agencia Tributaria, es evitar o dificultar el fraude en la facturación, como omitir ventas o modificar tickets después de cobrarlos. Es una norma solo de España (territorio común): si lees esto desde Latinoamérica, tu país tendrá su propio sistema de control de facturación.

En hostelería, el «sistema informático de facturación» casi siempre es el TPV: la tablet de la barra, el terminal de sala, el programa del ordenador de la oficina. Si emite tickets, es un sistema de facturación y tiene que cumplir el reglamento.

Y no va solo de facturas con NIF del cliente. La AEAT lo dice en sus preguntas frecuentes sobre el ámbito de aplicación: las facturas simplificadas están sometidas al RRSIF. Cada caña o menú del día que cobras con el TPV genera un registro.

¿Cuándo es obligatorio? El aplazamiento a octubre de 2028

Las fechas de Verifactu se han movido varias veces. La nota informativa del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026 anuncia el último cambio: aplazar las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023 hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria de empresarios y profesionales que facturan hasta 8 millones de euros al año. La AEAT también lo recoge en su página de Verifactu, como «previsión de ampliar el plazo».

Hito Qué dice Estado a 12/10/2026
Real Decreto-ley 15/2025 (BOE 03/12/2025) Fijó antes del 1 de enero de 2027 para sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto Es el texto que sigue figurando en el BOE hasta que se publique el cambio
Nota de Hacienda (05/10/2026) Aplazamiento de las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028, para todos Anunciado; pendiente de la norma en el BOE
Modificación posterior anunciada Convergencia de ámbitos y aspectos técnicos con la factura electrónica y la normativa europea ViDA Sin texto todavía

Dos ideas para no equivocarte. Primera: un anuncio de prensa no cambia una fecha legal; lo hace la norma publicada. Comprobado hoy, el texto consolidado del Real Decreto 1007/2023 en el BOE no recoge todavía la nueva fecha, así que pide a tu gestoría que te avise el día que salga. Segunda: Hacienda deja claro que las exigencias de integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrán «en términos sustancialmente equivalentes». El aplazamiento te da tiempo, pero no cambia lo que tendrás que tener.

¿Me afecta a mí? La regla de los cuatro «no»

La AEAT resume quién está obligado con lo que llama la regla de los cuatro «no». Estás dentro si se cumplen las cuatro:

  1. No facturas solo a mano: usas un TPV o programa para emitir tickets o facturas.
  2. No estás en el SII (Suministro Inmediato de Información), ni obligatoria ni voluntariamente.
  3. No tienes el domicilio fiscal en País Vasco o Navarra (allí rigen sistemas forales propios, como TicketBAI).
  4. No tienes una resolución de la AEAT que te exima.

Dos casos que vemos a menudo en hostelería:

  • El bar pequeño que factura con talonario. Si toda tu facturación es manual, el reglamento no se aplica. Si usas un sistema informático aunque sea para parte de las ventas, debe cumplir. La AEAT ofrece una aplicación gratuita básica de facturación.
  • El grupo con varios locales y SII. Si tu sociedad ya está en el SII, queda fuera de Verifactu, porque los dos sistemas son excluyentes.

VERI*FACTU o «no verificable»: ¿qué modalidad le conviene a un local?

El reglamento permite dos formas de cumplir. La diferencia práctica está en quién guarda los registros:

Aspecto Modalidad VERI*FACTU Modalidad no verificable
Envío a Hacienda El TPV envía cada registro a la AEAT en línea No se envía; se guarda en tu sistema
Conservación de registros No tienes que almacenarlos ni entregarlos si te los piden Debes garantizar su integridad y conservación
Requisitos técnicos extra Sin firma electrónica de registros Firma electrónica, registro de eventos, encadenamiento, exportación
Ticket QR + leyenda «VERI*FACTU» QR, sin esa leyenda
Qué ve el cliente al escanear el QR «Factura encontrada» o «no encontrada» «Factura no verificable»
Cambio de modalidad Puedes adherirte cuando quieras, pero debes seguir al menos hasta final del año natural —

Fuente: preguntas frecuentes de la AEAT sobre sistemas VERI*FACTU y sobre el código QR.

Para un local con buena conexión a internet, VERI*FACTU suele ser lo más sencillo: el TPV hace el trabajo y tú no custodias nada. La modalidad no verificable exige más al software y a ti; decídelo con tu gestoría según lo que ofrezca tu proveedor.

¿Qué cambia en el día a día con el TPV?

Tickets que no se pueden «arreglar»

El reglamento exige que los registros sean inalterables y trazables. Borrar un ticket ya cobrado, cambiar un importe al cierre o reabrir una venta sin dejar rastro deja de ser posible en un sistema que cumple. Si te equivocas, la corrección queda registrada. Forma al personal: el error de cobro se corrige con el procedimiento del TPV, no «quitando» el ticket.

El QR en cada ticket

Todas las facturas emitidas con un sistema informático llevarán un QR impreso, sea cual sea la modalidad. El cliente puede escanearlo con el móvil para cotejarlo en la sede de la AEAT. Revisa que tu impresora de tickets lo imprime legible: un QR borroso en papel térmico gastado es un problema que se detecta tarde.

La declaración responsable del fabricante

No hay una certificación oficial por organismos externos. Es el propio productor del TPV quien firma una declaración responsable, que debe estar accesible dentro del propio programa. Cada versión del software necesita la suya. Ojo con los «apaños»: si un técnico distinto del fabricante modifica o amplía el programa, esa modificación no queda cubierta por la declaración original.

Ejemplo práctico con números

Ejemplo ilustrativo, no un caso real. Un restaurante de 60 cubiertos, constituido como S.L., abre seis días a la semana y emite unos 110 tickets al día con un ticket medio de 25 euros.

  • Tickets al mes: 110 × 6 días × 4,33 semanas ≈ 2.860 registros de facturación, cada uno con su QR.
  • Caja diaria: 110 × 25 € = 2.750 €.
  • Plazo: octubre de 2028 según el aplazamiento anunciado por Hacienda (pendiente de BOE).
  • Riesgo si el TPV no cumple: 50.000 € de multa por ejercicio, el equivalente a unos 18 días de caja (50.000 ÷ 2.750), es decir, tres semanas de apertura.

Multas: ¿cuánto arriesgo y quién responde?

El régimen sancionador está en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria. Según las preguntas frecuentes de la AEAT, hay dos infracciones graves:

  • Para quien usa el sistema (tu negocio): 50.000 euros por cada ejercicio por tener un sistema que no cumple, no está certificado debiendo estarlo o ha sido alterado.
  • Para quien lo fabrica o vende: 150.000 euros por ejercicio y por cada tipo de sistema que no cumple, y 1.000 euros por cada sistema vendido sin la certificación exigida.

Una buena noticia: según la AEAT, si usas un sistema debidamente certificado, no respondes de su mal funcionamiento; esa responsabilidad es del fabricante. Por eso conviene no tocar el software por tu cuenta.

Checklist: qué hacer este trimestre

Que el plazo se vaya a octubre de 2028 no significa dejarlo para el final: si tu proveedor tarda en adaptar su versión, te interesa saberlo cuanto antes. Preparar Verifactu en hostelería con calma empieza hoy:

  1. Confirma tu situación. Pregunta a tu gestoría si estás en el SII y pídele que te avise cuando se publique en el BOE la norma con la fecha definitiva.
  2. Haz inventario de lo que factura. TPV de barra, terminales de sala, comanderas, programa de la oficina, plataforma de pedidos para llevar. Todo lo que emita tickets cuenta.
  3. Pide por escrito a tu proveedor la declaración responsable de la versión que usas y la fecha en que tendrá la versión adaptada.
  4. Elige modalidad (VERI*FACTU o no verificable) con tu gestoría y apúntala.
  5. Prueba la impresión del QR en tus impresoras y cambia las que imprimen mal.
  6. Forma al equipo en cómo anular o corregir un ticket con el procedimiento correcto.
  7. Revisa tus integraciones. Si algún programa conectado al TPV emite facturas por su cuenta, también debe cumplir.
  8. Pon una alarma en el calendario para revisar el BOE y la página de Verifactu de la AEAT cada mes hasta que se confirme el calendario definitivo.

Si tu TPV es Ágora y además tienes un programa de puntos conectado, en la guía del programa de puntos en Ágora paso a paso verás cómo encaja la fidelización con la caja sin tocar la facturación.

¿Y la gestoría? Cómo reducir el papeleo de Verifactu en hostelería

Verifactu resuelve cómo emites. Lo que sigue costando horas es lo que recibes: facturas de proveedores, albaranes y el cierre que la gestoría pide cada trimestre.

Una opción es NUMIQA, la plataforma de gestión con IA de la misma empresa que LoyaltyAI. Se conecta al TPV y al banco que ya tienes, mantiene Verifactu al día, precarga los modelos fiscales con tus datos y prepara el cierre de mes para la gestoría en un clic. La gestoría tiene un portal gratuito donde recibe las facturas ya leídas y clasificadas, listas para importar sin duplicados. Puedes ver cómo se combina con la fidelización en la página de LoyaltyAI + NUMIQA. Tiene 15 días de prueba sin permanencia.

Si revisas costes, mira también cómo detectar y repercutir la subida de precios de proveedores.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio Verifactu para un bar que es autónomo?

Sí, si emite tickets o facturas con un TPV o programa informático, no está en el SII y tiene su domicilio fiscal fuera de País Vasco y Navarra. Según el aplazamiento anunciado por Hacienda el 5 de octubre de 2026, la obligación llegará en octubre de 2028, a la vez que la factura electrónica para pymes y autónomos. La fecha definitiva será la que publique el BOE.

¿Los tickets de caja también entran en Verifactu?

Sí. La Agencia Tributaria indica que las facturas simplificadas, que es lo que son los tickets de un bar o restaurante, están sometidas al reglamento. Cada ticket emitido con el TPV genera un registro de facturación y debe llevar impreso un código QR.

¿Se ha aplazado Verifactu a 2028?

Está anunciado, pero a 12 de octubre de 2026 falta la norma. El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda comunicó el aplazamiento de las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028 para hacerlas coincidir con la factura electrónica de pymes y autónomos. El cambio será efectivo cuando se publique en el BOE la modificación del Real Decreto 1007/2023.

¿Cuál es la multa por no adaptar el TPV a Verifactu?

La Ley General Tributaria (artículo 201 bis) sanciona con 50.000 euros por cada ejercicio la tenencia de un sistema de facturación que no cumple, no está certificado debiendo estarlo o ha sido alterado. Los fabricantes y vendedores de software no adaptado se enfrentan a 150.000 euros por ejercicio y tipo de sistema.

¿Qué tengo que pedirle a mi proveedor de TPV?

Pídele la declaración responsable de la versión exacta que usas, que debe estar accesible dentro del propio programa, y la fecha en la que tendrá lista la versión adaptada. Pregunta también qué modalidad admite, VERI*FACTU o no verificable, y si el QR se imprime en todos tus terminales.

Fuentes

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